Intereses de Demora

 

¿Se deben declarar tras una devolución de ingresos indebidos?

El Alto Tribunal ha establecido un nuevo criterio al respecto, considerando que estos intereses no están exentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y constituyen una ganancia patrimonial sujeta a tributación en la base general.

Conceptos:

Antes de entrar en detalle sobre el nuevo criterio del Alto Tribunal, es importante entender el concepto de intereses de demora y devolución de ingresos indebidos. Los intereses de demora son cargos adicionales que se aplican cuando hay un retraso en el pago de una deuda tributaria. Por otro lado, las devoluciones de ingresos indebidos se producen cuando se realiza un pago o ingreso de impuestos de forma incorrecta y se solicita su devolución. 

Se consideran una ganancia patrimonial

Hasta hace poco, la normativa fiscal consideraba que los intereses de demora por una devolución de ingresos indebidos estaban exentos de tributación en el IRPF. Sin embargo, el nuevo criterio establecido por el Alto Tribunal ha cambiado esta perspectiva. Según el Tribunal, los intereses de demora abonados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) al efectuar una devolución de ingresos indebidos se consideran una ganancia patrimonial y deben tributar en la base general del IRPF.

Este nuevo criterio se basa en el argumento de que los intereses de demora son una compensación por la demora en la devolución de los ingresos indebidos, y por lo tanto, constituyen un beneficio económico para el contribuyente. En consecuencia, se considera que estos intereses deben integrarse en la base general del IRPF y tributar de acuerdo con la escala progresiva de este impuesto.

Renta 2022-2023

Es importante tener en cuenta que este nuevo criterio del Alto Tribunal es vinculante y debe ser seguido por la Administración Tributaria y los contribuyentes. Por lo tanto, a partir de la Renta 2022-2023, los intereses de demora por una devolución de ingresos indebidos deben declararse como una ganancia patrimonial en la base general del IRPF.

Ante esta situación, es fundamental que los contribuyentes estén informados y preparados para cumplir con sus obligaciones fiscales. Es recomendable contar con la asesoría de un profesional en materia fiscal, quien podrá proporcionar orientación adecuada y ayudar en la correcta declaración de los intereses de demora en la Renta.

En resumen:

El nuevo criterio del Alto Tribunal establece que los intereses de demora abonados por la AEAT al efectuar una devolución de ingresos indebidos no están exentos del IRPF. Estos intereses se consideran una ganancia patrimonial sujeta a tributación en la base general. Es esencial mantenerse informado y buscar asesoría profesional para cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes a la Renta 2022-2023.

 

Gesco – Asesoría de Empresas

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